Nuevas pautas para los contribuyentes rigen a partir de este 3 de enero del año que recién comienza, luego que la Cámara Municipal reformara la Ordenanza de Impuesto sobre actividades Económicas, ya publicada en la Gaceta Municipal número 707-B, de fecha 30 de diciembre de 2022.
Las nuevas disposiciones instituidas en la reformulación de este instrumento legal, establece una cuota mínima tributaria de fluctuación diaria de acuerdo al valor del Petro, cuyo precio en el mercado nacional lo fija el Banco Central de Venezuela.
Al respecto, informó la licenciada Mayra Santeliz, presidente del Instituto de Servicios
Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía de Torres, INSEMAT, que los contribuyentes deben ser previsivos y recordar realizar las respectivas declaraciones de sus actividades económicas, los primeros 20 días de cada mes.
Recalcó que la diferencia con años anteriores es que en esta oportunidad se deben anclar los tributos mínimos al Petro, que por tener un valor que eventualmente varía, el monto mínimo a cancelar pasa a ser fluctuante y calculado día a día.
También informó que ese mínimo fluctuante gira entre 030-040 con relación al factor Petro, y que aquellos que no hagan sus declaraciones tributarias los primeros 20 días se exponen a sanciones.
Por otra parte señaló que a la Ordenanza de Remisión que contempla las exoneraciones tributarias, está en proceso de aprobación por parte de la Cámara Municipal. “Ya fue aprobada en primera discusión y falta la segunda de ellas para que sea sancionada definitivamente”, reveló.
Bueno es recordar, que el INSEMAT se encuentra actualmente laborando en horario normal de oficina, y dispone como sistema de pago al servicio de los contribuyentes, el sistema Sysprim, transferencias bancarias, punto de venta y botón de pago. Cualquier información adicional pueden acercarse a sus oficinas.
Al respecto, informó la licenciada Mayra Santeliz, presidente del Instituto de Servicios
Municipal de Administración Tributaria de la Alcaldía de Torres, INSEMAT, que los contribuyentes deben ser previsivos y recordar realizar las respectivas declaraciones de sus actividades económicas, los primeros 20 días de cada mes.
Recalcó que la diferencia con años anteriores es que en esta oportunidad se deben anclar los tributos mínimos al Petro, que por tener un valor que eventualmente varía, el monto mínimo a cancelar pasa a ser fluctuante y calculado día a día.
También informó que ese mínimo fluctuante gira entre 030-040 con relación al factor Petro, y que aquellos que no hagan sus declaraciones tributarias los primeros 20 días se exponen a sanciones.
Por otra parte señaló que a la Ordenanza de Remisión que contempla las exoneraciones tributarias, está en proceso de aprobación por parte de la Cámara Municipal. “Ya fue aprobada en primera discusión y falta la segunda de ellas para que sea sancionada definitivamente”, reveló.
Bueno es recordar, que el INSEMAT se encuentra actualmente laborando en horario normal de oficina, y dispone como sistema de pago al servicio de los contribuyentes, el sistema Sysprim, transferencias bancarias, punto de venta y botón de pago. Cualquier información adicional pueden acercarse a sus oficinas.
Comunicaciones Alcaldía de Torres.-
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